Abogado fiscal en Madrid para empresas, socios y empresarios

Abogado mercantil

Derecho tributario de la sociedad y de quien la dirige, en Madrid y online

Planificamos la fiscalidad de tu empresa y la de sus socios, y te defendemos ante la Agencia Tributaria y la Comunidad de Madrid cuando llega un requerimiento, una inspección o una sanción.

✓  Hablas directamente con el abogado que lleva tu asunto

✓  Atención en Madrid y online

✓  Presupuesto de honorarios por escrito antes de empezar

Abogado fiscalista en Madrid para quien decide en la empresa

Cuando un empresario me escribe por un tema fiscal, casi nunca es por la declaración trimestral. Es porque va a vender la compañía, porque quiere sacar dinero de la sociedad y no sabe si hacerlo vía nómina o dividendo, o porque le ha llegado una carta de Hacienda que pide justificar los gastos de los tres últimos años. Son decisiones con consecuencias en la sociedad y en tu impuesto sobre la renta al mismo tiempo, y conviene mirarlas con las dos lentes a la vez.

Soy Juan Gregorio Llamas, abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife, y dirijo Llamas Jurídico (puedes comprobar mi colegiación en el censo del Consejo General de la Abogacía Española). Estamos abriendo oficina en Madrid y, mientras tanto, trabajamos online con empresas y socios de toda la Comunidad. Nuestro enfoque es el de un despacho de abogados de empresa, con especialización en derecho mercantil y tributario. Hacen falta conocimientos de los dos, porque casi toda decisión societaria tiene un coste tributario y casi todo problema tributario empieza con una decisión societaria mal documentada.

Abogado fiscal Madrid: servicios para sociedades y socios

Nos centramos en el derecho fiscal de la empresa y de las personas que la poseen o la dirigen. No somos una gestoría de autónomos ni de particulares: tu asesoría contable lleva el cumplimiento de las obligaciones periódicas y nosotros entramos cuando el asunto pide un abogado tributario.

Planificación fiscal de la empresa

Revisamos cómo tributa tu sociedad en el impuesto sobre sociedades y en IVA, qué incentivos tiene sin usar y qué asesoramiento fiscal a medida piden su actividad y su sector. No te prometemos una carga fiscal menor: te decimos cuál corresponde y cómo defenderla. La optimización fiscal legítima es elegir, entre las opciones que da la ley, la que puedes explicar ante un inspector con papeles en la mano. Más detalle sobre el impuesto sobre sociedades y sobre qué forma societaria tributa menos.

Retribución del socio administrador

Nómina, dividendos, retribución por el cargo de administrador o una combinación: cada vía tiene un tratamiento distinto en el IRPF, en la sociedad y en la Seguridad Social. Para que el sueldo del administrador sea gasto deducible, los estatutos tienen que prever que el cargo es retribuido. La planificación de la retribución se revisa cada año, con estatutos y acuerdos que aguanten una comprobación.

Operaciones vinculadas

Alquiler de un local del socio a su sociedad, préstamos entre empresas del grupo, servicios que factura el socio: todo eso va a valor de mercado y, a partir de ciertos importes, con documentación específica, que preparamos. Si el grupo tiene filiales o socios fuera de España, entramos también en la fiscalidad internacional: convenios para evitar la doble imposición y tributación de no residentes.

Holdings y reestructuraciones

Aportaciones de participaciones, fusiones o escisiones pueden acogerse al régimen fiscal especial de reestructuración si hay un motivo económico válido, también cuando la sociedad acumula inversiones financieras o inmobiliarias. La estructura societaria la tratamos en la página de abogado de holding en Madrid; aquí cubrimos su encaje tributario y su defensa si Hacienda la cuestiona.

Fiscalidad de la compraventa de empresas

No tributa igual ni al mismo tipo vender participaciones que vender el negocio (activos), ni vender como persona física que a través de una sociedad. Analizamos el coste fiscal para comprador y vendedor antes de la firma, y hacemos la due diligence fiscal. Si estás en plena operación, mira también compraventa de empresas en Madrid.

Defensa ante Hacienda

Requerimientos, comprobaciones limitadas, inspecciones, procedimientos sancionadores, derivaciones de responsabilidad a administradores y embargos. Preparamos las alegaciones, te acompañamos en las diligencias y recurrimos las liquidaciones.

Tributos autonómicos de Madrid

Transmisiones patrimoniales, actos jurídicos documentados, sucesiones y donaciones y patrimonio. Especial atención al impuesto sobre sucesiones y al de donaciones cuando la empresa familiar pasa a la siguiente generación.

¿Quieres que revisemos tu caso?

Cuéntanos qué necesita tu empresa y te decimos cómo lo enfocaríamos, con presupuesto por escrito antes de empezar.

Podemos ayudarte si…

✓Eres socio administrador y no sabes si te conviene cobrar vía nómina, dividendos o ambas.

✓Tu sociedad alquila el inmueble de un socio o le presta dinero y nadie ha fijado el valor de mercado.

✓Has recibido un requerimiento o una comunicación de inicio de inspección de la AEAT.

✓Te han impuesto una sanción tributaria y estás dentro del plazo para recurrir.

✓Vas a vender tu empresa y quieres saber cuánto se queda Hacienda antes de firmar la carta de intenciones.

✓Quieres donar participaciones de la empresa familiar a tus hijos, o planificar las herencias de la familia, y aplicar las bonificaciones de Madrid.

✓Eres emprendedor y vas a canalizar tus inversiones a través de una sociedad.

✓Tu gestoría te ha dicho que el asunto «ya es para un abogado».

✓Hacienda te reclama como administrador deudas tributarias de una sociedad.

Asesor fiscal en Madrid: ante qué organismos se resuelve tu caso

Saber qué órgano tiene tu expediente te dice qué plazos corren y dónde se recurre:

  • Delegación Especial de la AEAT en Madrid: comprobaciones, inspecciones y sanciones en impuestos estatales (sociedades, IVA, renta) de contribuyentes con domicilio fiscal en la Comunidad. Las grandes empresas dependen de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes.
  • Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid: gestiona los tributos cedidos, entre ellos transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, sucesiones y donaciones y patrimonio.
  • Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Madrid: resuelve las reclamaciones contra liquidaciones y sanciones de la AEAT y de la Comunidad. Por encima de determinadas cuantías cabe recurso de alzada ante el TEAC.
  • Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo: revisa las resoluciones del TEAR. Contra las del TEAC se acude a la Audiencia Nacional.
  • Ayuntamiento de Madrid: IBI, plusvalía municipal o IAE, con su propio tribunal económico-administrativo municipal.

En materia autonómica, la normativa de Madrid es relevante para la empresa familiar. En sucesiones y donaciones, la bonificación es del 99 % de la cuota entre padres, hijos, cónyuges, abuelos y nietos. Desde el 1 de julio de 2025, hermanos, tíos y sobrinos tienen una bonificación del 50 %. El impuesto sobre el patrimonio tiene una bonificación general del 100 %, con un matiz para los grandes patrimonios mientras siga vigente el impuesto temporal de solidaridad estatal. Son ventajas que tienen requisitos formales (documento público, plazos), y perderlas por un detalle es frecuente. Además, la normativa autonómica cambia a menudo: hay que comprobar la vigente a la fecha de cada operación.

Derecho tributario en la práctica: procedimientos, plazos y errores

Una comprobación de Hacienda se parece a una auditoría hecha por la otra parte: la Administración lee tu contabilidad buscando la versión de los hechos que más recauda. La experiencia enseña que tu defensa depende de lo que documentaste en su día, no de lo que recuerdas ahora. El esfuerzo de documentar una decisión al tomarla es pequeño comparado con reconstruirla años después.

Comprobación limitada e inspección

Las complejidades del sistema empiezan por distinguir el procedimiento. La comprobación limitada la llevan los órganos de gestión, se basa en la documentación que ya tiene la Administración y en la que te pidan, y dura como máximo seis meses. La inspección es más amplia, puede revisar la contabilidad completa y dura 18 meses, que pueden llegar a 27 en los supuestos que prevé la Ley General Tributaria. Termina con un acta de conformidad, de disconformidad o con acuerdo.

Sanciones y reducciones

La sanción es un procedimiento distinto de la liquidación y exige culpa: no basta con que haya deuda. Si aceptas la regularización, la sanción se reduce un 30 %; si además pagas en plazo y no recurres, se aplica una reducción adicional del 40 %. Antes de aceptar, conviene calcular si la reducción compensa renunciar al recurso.

Recursos: reposición, TEAR y contencioso

  1. Recurso de reposición ante el mismo órgano: un mes desde la notificación. Es opcional.
  2. Reclamación económico-administrativa ante el TEAR de Madrid (o el TEAC): un mes desde la notificación del acto o de la resolución de la reposición.
  3. Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid o la Audiencia Nacional: dos meses desde la resolución del tribunal económico-administrativo.

Recurrir no suspende el cobro por sí solo. Para evitar el embargo hay que pedir la suspensión, normalmente con garantía.

Prescripción

Hacienda dispone, con carácter general, de cuatro años para liquidar un impuesto, contados desde que acaba el plazo voluntario de declaración. Cualquier actuación que te notifiquen interrumpe ese plazo. Para comprobar las bases imponibles negativas que compensas en sociedades, el plazo se amplía a diez años.

Errores típicos que vemos

  • Contestar un requerimiento sin asesoramiento y aportar más de lo que se pide.
  • Dejar pasar el mes de recurso esperando una respuesta informal.
  • Retribuir al administrador sin que los estatutos lo prevean.
  • Operaciones con el socio sin contrato ni valor de mercado documentado.
  • Firmar una compraventa de empresa sin calcular antes el coste fiscal de cada estructura.

Cómo trabajamos el asesoramiento fiscal

01

Diagnóstico

En la primera conversación resolvemos tus consultas iniciales. Revisamos notificaciones, declaraciones, estatutos y contabilidad relevante y te decimos qué riesgos vemos y cuáles no. Nuestro compromiso es dártelo por escrito.

02

Estrategia y presupuesto

Te explicamos sin tecnicismos las soluciones posibles, con sus riesgos, y el presupuesto por escrito.

03

Actuación

Redactamos alegaciones, recursos o la documentación de la operación y representamos a nuestros clientes ante la Administración tributaria y los tribunales. Todo lo que nos cuentes queda protegido por el secreto profesional.

04

Coordinación

Trabajamos con tu gestoría, tu equipo financiero o los profesionales que llevan tu contabilidad, para que las obligaciones formales se cumplan y la solución se aplique bien en las declaraciones siguientes.

JGL

Quién lleva tu asunto

Juan Gregorio Llamas Morón

Abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife y titular de Llamas Jurídico. Trabaja el derecho mercantil, societario y fiscal para empresas, socios y administradores. Hablas directamente con él desde la primera conversación.

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Lo que opinan nuestros clientes

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Clara Rodriguez
10/09/2024
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Por mi trabajo, debo consultar con bastante frecuencia a abogados y sinceramente, he quedado infinitamente satisfecha con este despacho, por lo que seguiré contando con sus servicios sin duda alguna.
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Pablo Albelo
08/09/2024
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Sin duda, recomendadísimo. Todo su equipo me han ayudado en distintos procesos judiciales y en todos he salido muy beneficiado. Muy contento siempre con su trabajo.
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Yanet Mendez
08/09/2024
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Sin duda es el mejor despacho jurídico que he conocido. Su profesionalidad hace que realice un trabajo impecable. Asesoran y representan un sin fin de especialidades jurídicas que han hecho que siempre esté perfectamente representada. Siempre han aportado tranquilidad y protección legal a mí y mi familia, a pesar de las circunstancias han logrado hacer mas grata mi experiencia. Sin ninguna duda los recomiendo.
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Laura Lobato Gonzalez
08/09/2024
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Quiero destacar el trato amable, la puntualidad y sobre todo la profesionalidad de este gabinete. Lo recomiendo 100%
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Ana Ventura (anaventuram)
07/09/2024
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Profesionalidad, rapidez, cobertura, asesoramiento, seriedad. Todos esto en un solo lugar. Recomendado al cien por cien
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Francisco García
07/09/2024
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Despacho con profesionales muy cualificados y una atención personalizada, un trato cercano y solución para cualquier tipo de consulta jurídica.
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Sandra Cruz
04/09/2024
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Un bufete que ofrece profesionalidad, seriedad, honestidad, pero también cercanía para aclarar cualquier duda o lo que pueda surgir. Juan es un gran profesional y mejor persona y le encanta su trabajo y eso se lo transmite a sus clientes. ¡Recomendadísimo!
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Carlos Cruz
03/09/2024
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Altamente recomendable. Juan es muy profesional y sabe asesorar debidamente, con honestidad y transparencia.

Preguntas frecuentes sobre asesoría fiscal en Madrid

¿Qué hace un abogado fiscal?

Asesora sobre impuestos, emite dictámenes sobre situaciones complejas y defiende al contribuyente frente a la Administración tributaria. Parte de esa defensa es detectar defectos de forma en la actuación de Hacienda, que a veces bastan para anular una liquidación. Planifica operaciones para que su coste fiscal sea el que marca la ley y no otro, y cuando hay un conflicto redacta alegaciones y recursos y representa al cliente en la vía económico-administrativa y ante los tribunales.

¿Qué diferencia hay entre un asesor fiscal y un abogado fiscalista?

El asesor fiscal suele encargarse del cumplimiento: declaraciones, modelos y calendario tributario. El abogado fiscalista interviene cuando hay que interpretar la norma, estructurar una operación o litigar. Y ante los tribunales necesitas abogado.

¿Qué hace un abogado tributario en una inspección?

Organiza la defensa desde la comunicación de inicio: revisa su alcance, prepara la documentación, asiste a las diligencias y discute la propuesta de regularización. Su trabajo más útil suele estar al principio: decidir qué se aporta y cómo se explica.

¿Cuánto tiempo tengo para recurrir una liquidación o una sanción?

Un mes para el recurso de reposición o la reclamación ante el TEAR, contado desde el día siguiente a la notificación. Si se pasa, la liquidación es firme y las vías que quedan son muy limitadas.

¿Cuándo prescribe una deuda con Hacienda?

Con carácter general, a los cuatro años. El plazo se interrumpe con cualquier actuación de la Administración notificada al contribuyente, así que conviene revisar las fechas antes de dar nada por prescrito.

¿Es mejor cobrar como socio vía nómina o vía dividendos?

Depende de tu nivel de ingresos, de las necesidades de la sociedad y de sus beneficios, de si trabajas en ella y de lo que digan los estatutos. No hay una respuesta única: se analiza con números reales y se documenta la decisión.

¿Podéis llevar mi asunto si mi empresa tributa en Madrid?

Sí. Estamos abriendo oficina en Madrid y trabajamos online con clientes de toda España. Los trámites con la AEAT y con la Comunidad de Madrid son electrónicos, y la colegiación permite actuar ante los tribunales de todo el país, incluido el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

¿Lleváis la declaración de la renta de particulares?

No es nuestro servicio central. Revisamos el IRPF del socio cuando está ligado a decisiones de su empresa (dividendos, venta de participaciones, herencias de la empresa familiar), pero no hacemos campañas de renta. Para esas consultas te orientamos hacia profesionales de confianza.

¿Hablamos de la fiscalidad de tu empresa?

Cuéntanos qué te preocupa o qué notificación has recibido y te decimos cómo lo enfocaríamos. Llámanos al 922 29 10 11, escríbenos por WhatsApp o usa el formulario de nuestra página de contacto.

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