¿Qué es el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)?
El Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) es un tributo estatal de naturaleza indirecta que grava el consumo final de bienes y servicios realizados en el ámbito territorial de las Islas Canarias. Este impuesto es la figura fiscal equivalente al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que se aplica en la península y Baleares, pero con una estructura y tipos impositivos propios.
Su existencia se enmarca dentro del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias, un conjunto de medidas económicas y fiscales destinadas a compensar la lejanía e insularidad del archipiélago. La gestión, recaudación e inspección del IGIC corresponde a la Agencia Tributaria Canaria.
¿Quiénes están obligados a declarar el IGIC?
Están obligados a declarar el IGIC los empresarios y profesionales que realizan entregas de bienes o prestaciones de servicios sujetas al impuesto en el desarrollo de su actividad. Estos contribuyentes son conocidos como sujetos pasivos del impuesto.
La obligación se extiende a diferentes perfiles, entre los que se incluyen:
- Sociedades mercantiles (S.L., S.A., etc.) con sede o actividad en Canarias.
- Trabajadores autónomos que facturan por sus servicios o ventas.
- Promotores inmobiliarios que realizan entregas de edificaciones.
- Importadores que introducen bienes en el archipiélago.
Cualquier entidad o persona física que emita facturas por operaciones comerciales en Canarias debe repercutir, declarar e ingresar el IGIC correspondiente.
¿Qué operaciones están sujetas al pago del IGIC?
Las operaciones sujetas al IGIC, denominadas «hecho imponible», son principalmente las entregas de bienes y las prestaciones de servicios realizadas por empresarios o profesionales a título oneroso. Esto abarca la gran mayoría de las transacciones comerciales.
Según la Ley 20/1991, las operaciones gravadas incluyen:
- La venta de cualquier producto tangible, desde alimentos hasta vehículos.
- La prestación de servicios, como los de consultoría, abogacía, reparaciones o telecomunicaciones.
- Las importaciones de bienes, independientemente de la condición del importador. Esto incluye las compras realizadas a la península, Ceuta, Melilla o cualquier otro país.
- Las adquisiciones intracomunitarias de bienes.
¿Cuáles son los tipos impositivos del IGIC y qué grava cada uno?
El IGIC se caracteriza por tener tipos impositivos considerablemente más bajos que los del IVA, con una estructura diseñada para favorecer el consumo y la actividad económica. Los tipos se definen en la Ley 4/2012 y se aplican según la naturaleza del bien o servicio.
¿A qué se aplica el tipo cero del 0%?
El tipo cero se aplica a bienes y servicios considerados de primera necesidad o de interés estratégico para la economía canaria. Su objetivo es evitar que estos elementos esenciales soporten carga fiscal.
- La entrega de agua y productos sanitarios como medicamentos.
- Libros, periódicos y revistas.
- El transporte aéreo o marítimo de pasajeros y mercancías entre las islas.
- La entrega de viviendas de protección oficial.
¿Qué grava el tipo reducido del 3%?
El tipo reducido grava la producción de determinados bienes y actividades industriales, así como ciertos servicios de transporte. Se aplica, entre otras, a las siguientes actividades:
- Industria minera, química, textil, maderera y papelera.
- Fabricación de vehículos de transporte.
- Transporte terrestre de pasajeros y mercancías.
- Transporte aéreo o marítimo de pasajeros desde Canarias a la península.
¿Cuál es el tipo general del IGIC?
El tipo general es del 7% y se aplica por defecto a todas las entregas de bienes y prestaciones de servicios que no estén sujetas a otro tipo impositivo específico. Es el porcentaje más común en las facturas diarias.
Ejemplos de bienes y servicios gravados al 7% son:
- Ropa, calzado y electrodomésticos.
- Servicios de fontanería, electricidad o carpintería.
- Servicios de telecomunicaciones e internet.
- Servicios de restauración (bares y restaurantes).
¿Existen tipos incrementados en el IGIC?
Sí, existen dos tipos incrementados para bienes y servicios considerados de lujo o que generan externalidades negativas. Estos tipos son del 9,5% y del 15%.
- Tipo incrementado del 9,5%: Se aplica a la entrega de algunos vehículos de motor, embarcaciones y aeronaves.
- Tipo incrementado del 15%: Grava productos como los cigarros puros con un precio superior a 1,80 euros por unidad, bebidas alcohólicas, artículos de joyería y peletería.
¿Cuáles son las principales diferencias entre el IGIC y el IVA?
La diferencia fundamental reside en los tipos impositivos y el ámbito territorial de aplicación. Aunque ambos son impuestos sobre el consumo, operan de forma independiente y están gestionados por administraciones distintas.
- Tipo General: El tipo general del IGIC es del 7%, frente al 21% del IVA en la península.
- Territorio de Aplicación: El IGIC se aplica exclusivamente en las Islas Canarias, mientras que el IVA se aplica en la península y las Islas Baleares.
- Operaciones entre Territorios: Una venta desde la península a Canarias no lleva IVA, pero está sujeta al pago del IGIC en la aduana como una importación. A la inversa, una venta desde Canarias a la península está exenta de IGIC (exportación) y sujeta a IVA en destino.
- Organismo Gestor: El IGIC es gestionado por la Agencia Tributaria Canaria, mientras que el IVA es competencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
¿Cómo se declara y liquida el Impuesto General Indirecto Canario?
El impuesto se liquida a través de autoliquidaciones periódicas, que pueden ser mensuales o trimestrales. En este proceso, el empresario o profesional calcula la diferencia entre el IGIC que ha cobrado a sus clientes (repercutido) y el que ha pagado a sus proveedores (soportado).
Si el IGIC repercutido es mayor que el soportado, debe ingresar la diferencia a la Hacienda Canaria. Si es menor, puede solicitar la devolución o compensar el saldo en futuras declaraciones. Los modelos tributarios clave son:
- Modelo 036: Declaración censal para darse de alta, modificar datos o darse de baja en el censo de empresarios.
- Modelo 420: Autoliquidación trimestral o mensual del IGIC.
- Modelo 425: Resumen anual informativo de todas las operaciones realizadas.
¿Qué operaciones están exentas de IGIC?
La ley establece una serie de operaciones exentas de IGIC por razones de interés público o para no obstaculizar el comercio exterior. Estas operaciones no deben llevar IGIC en la factura.
Las exenciones más relevantes, recogidas en el artículo 50 de la Ley 4/2012, son:
- Los servicios públicos postales.
- La asistencia sanitaria prestada por entidades públicas o centros privados autorizados.
- Los servicios de educación, desde la infancia hasta la universidad.
- Las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización.
- Las exportaciones de bienes fuera de las Islas Canarias.
¿Qué marco legal regula el IGIC?
El IGIC está regulado por un cuerpo normativo específico que emana del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias. La normativa principal que todo profesional debe conocer es:
- Ley 20/1991, de 7 de junio: Es la norma fundacional que modifica los aspectos fiscales del REF y crea el IGIC.
- Ley 4/2012, de 25 de junio: Introduce importantes medidas administrativas y fiscales, actualizando los tipos impositivos vigentes.
- Decreto 268/2011, de 4 de agosto: Aprueba el Reglamento de gestión de los tributos derivados del REF, detallando los procedimientos de liquidación y gestión.
¿Necesitas asesoramiento experto?
Gestionar correctamente el Impuesto General Indirecto Canario es una obligación para cualquier empresa o autónomo que opere en el archipiélago. Un error en la liquidación o en la aplicación de los tipos impositivos puede derivar en inspecciones y sanciones por parte de la Agencia Tributaria Canaria. Por ello, para cualquier duda o gestión, es aconsejable que contactes con un abogado en Tenerife que pueda ofrecerte una guía precisa.